domingo, 3 de noviembre de 2013

LA INQUISICIÓN

Auto de fe de la Inquisición (Goya)

Para ir haciéndonos una idea de lo que nos vamos a encontrar a la hora de redactar este concepto os propongo escuchar el podcast del programa "Ser Historia" dedicado a la Inquisición:






Comenzaremos el concepto aclarando que el término "Inquisición" puede referirse a varios tribunales diferentes. Por un lado, puede referirse al tribunal que existía desde el siglo XIII bajo control papal (que nunca se implantó en Castilla). Por otro, hace referencia al nuevo tribunal creado por los Reyes Católicos y sometido totalmente a su control. Sobre este último nos centraremos para redactar el concepto.

La Inquisición medieval, un tribunal especial para la detección, el juicio y el castigo de la herejía, existía desde 1233, fecha en que fue creada por el papado para hacer frente a la herejía albigense en el sur de Francia; en todas partes encontró la resistencia de las monarquías a la intervención del papado en sus territorios. Penetró en Aragón pero nunca se implantó en Castilla. Este tribunal había quedado ya obsoleto a finales del siglo XV y no reviviría en Roma hasta 1542, en el nuevo contexto del protestantismo.

La inquisición española difería de la Inquisición papal tanto por sus orígenes como por su organización. Fue creada para ocuparse de los judíos conversos, por temor a la apostasía de los judaizantes y la convicción de que la Iglesia y el Estado estaban siendo socavados desde dentro. Los Reyes Católicos estaban dispuestos a utilizar la fuerza para  asegurar la unidad religiosa. Pero la Corona tenía otros motivos además del religioso. Si bien es cierto que la Inquisición no se creó con el único objetivo de despojar a los conversos de sus bienes, este motivo no estuvo ausente en los cálculos oficiales. Las finanzas de la Corona se hallaban en una situación de crisis en ese momento. Por tanto, los que aconsejaron medidas económicas contra los conversos (confiscación de sus propiedades) fueron convenientemente escuchados.

Los monarcas piden permiso al Papa para establecer la Inquisición, pero no la papal, pues querían un tribunal que estuviera totalmente bajo su control, excluyendo la intervención de Roma. Finalmente, el Papa Sixto IV cede y mediante la bula de 1 de noviembre de 1478 autorizó a la Corona a nombrar inquisidores con jurisdicción sobre los casos de herejía: ha nacido la Inquisición española. El tribunal comienza a actuar en 1480 en Sevilla, considerada como un semillero de judaizantes. Sixto IV, impresionado por la violencia de los primeros tribunales, lamentó haber concedido tan amplios poderes a los monarcas españoles.

Fue creada con el rango de un Consejo de Estado, el Consejo de la Suprema y General Inquisición (o la "Suprema", como se la llamaba habitualmente), con jurisdicción sobre todos los asuntos relacionados con la herejía. De esta forma se aplicó también a la religión la fórmula de los consejos, utilizada por los Reyes Católicos para la solución de sus problemas administrativos. Para asegurar el control real y excluir el del Papa, crearon la figura del inquisidor general (inexistente en la Inquisición medieval) y se reservaron el control sobre su nombramiento y destitución.

La introducción de este nuevo tribunal fuera de Castilla encontró una fuerte oposición, especialmente en los estados de la Corona de Aragón, donde era considerada una institución ajena, un agente de la intervención castellana y una posible amenaza a los intereses económicos. De hecho, como su jurisdicción traspasaba las fronteras de Castilla e incluía cualquier territorio de la monarquía, se utilizó en ocasiones como instrumento de control político por parte de Castilla. Como ejemplo, en el caso de Antonio Pérez, Felipe II buscó un tribunal que tuviera bajo su control y que tuviera jurisdicción en Aragón: la Inquisición.

En conjunto, la Inquisición española aplicó la pena de muerte a unas 5.000 personas hasta 1530. En cambio, en el periodo 1560-1700, de un total de 50.000 procesos, solo hubo 500 sentencias capitales. La mayor parte de las primeras víctimas eran supuestos judaizantes. El resto habían sido acusados de diferentes delitos: luteranismo, blasfemia, brujería y, en el caso de los moriscos, práctica de costumbres islámicas.

Hay que tener en cuenta que la Inquisición solo tenía jurisdicción sobre los cristianos y no era un medio para conseguir la conversión de los no creyentes por la fuerza. Castigaba la herejía y la apostasía pero no la profesión de una fe diferente, siendo el bautismo un requisito necesario para que existiera herejía. Por esa razón, tanto los judíos como los musulmanes y los indios americanos quedaban al margen de su autoridad.

Funcionamiento

Cada localidad era visitada todos los años por un inquisidor que publicaba un Edicto de Fe, que a través de un minucioso cuestionario imponía a todo cristiano, so pena de excomunión mayor, la obligación de denunciar a cualquier hereje conocido. Este procedimiento, al exigir la denuncia, obligaba a los fieles a cooperar en la tarea de la Inquisición, convirtiendo a todo el mundo en su agente, constituyendo, además, una ocasión ideal para dar rienda suelta a los rencores privados. En esta página tenéis detallado el funcionamiento de los Edictos de Fe y los Edictos de Gracia.

El mayor defecto en el procedimiento legal de la inquisición española era el hecho de que al acusado no se le informaba sobre la identidad de sus acusadores y de los testigos de éstos por lo que se encontraba totalmente desasistido en la preparación de su defensa. En verdad, el secreto de los informadores y testigos fue una innovación en España, que causó la alarma entre los contemporáneos y que era contrario al procedimiento de otros tribunales de derecho. También tenía la Inquisición poder para utilizar la tortura como medio para conseguir pruebas y una confesión. Las sentencias tenían también una función ejemplarizante para el resto de fieles a través de la exposición pública del condenado mediante el Auto de Fe. Se trataba de una manifestación pública cuidadosamente escenificada en la que se pronunciaba la sentencia para ser ejecutada a continuación por las autoridades civiles. Las penas podían suponer una penitencia, una multa o el azote en el caso de los delitos menores y la confiscación de bienes, las galeras o la muerte en el caso de los más graves.

Fin de la institución

En el siglo XVIII su actividad había ido decayendo si bien volvió a reactivarse como instrumento para luchar contra las ideas revolucionarias procedentes de Francia. Hubo diversos intentos y periodos en los que desapareció y se volvió a restablecer para, finalmente, desaparecer definitivamente en 1834. Hay que hacer referencia aquí a su última víctima: Cayetano Ripoll, condenado a "pena de horca y a ser quemado como hereje pertinaz" por practicar el deísmo. La sentencia se ejecutó en 1826 y aunque la hoguera fue simbólica (un barril pintado con llamas bajo la horca) la soga fue bien real y acabó con la vida de este maestro de escuela. Para más información sobre este caso os invito a escuchar el programa Milenio 3 que descubre nuevos datos sobre la muerte de la última víctima de la Inquisición (a partir del minuto 67).


Redacción del concepto
  • Definición breve (diferenciando claramente que nos estamos refiriendo a la Inquisición española).
  • Creación del tribunal y puesta en funcionamiento (haciendo referencia al control total de los monarcas sobre este tribunal y su utilización como instrumento de control político fuera de Castilla)
  • Procedimiento utilizado por la Inquisición y defectos.
  • Fin de la institución
Para terminar, un documental donde se explican los métodos utilizados con los prisioneros de este tribunal:


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